El Fiscal provincial contestó la demanda de Mellao Morales y negó su existencia

February 24 2010

minaEl Dr. Raúl Miguel Gaitán, Fiscal del Estado de la Provincia de Neuquén, negó en todas sus partes la demanda de la Comunidad Mapuche de Campana Mahuida. Con anterioridad el Tribunal Supremo de Justicia mando a no innovar la medida cautelar.

A lo largo de los cincuenta y cinco argumentos presentados a la Jueza Paula Stalisnasky, el Fiscal negó especialmente que la Comunidad Mellao Morales:

  1. Se encuentre legitimada para iniciar el juicio y/o q sean aplicables al caso de los art. 12 a 15 del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo.
  2. Ocupe ancestralmente o, con preexistencia etnica o cultural a la Nación o provincia cualquier tierra o paraje o que lo haga en relación al lugar donde se encuentra la propiedad minera.
  3. Posea o se le reconociera personería jurídica alguna y que la Provincia de Neuquén reconociera a la comunidad el carácter de pueblo originario y/o que ello tenga alguna relevancia en el presente.

En el mismo documento el Sr. Gaitán se encarga efusivamente y en múltiples oportunidades de defender la actividad minera aduciendo que;

  • Su representada o cualquier actividad emprendida por ésta o por terceros en la propiedad minera objeto de autos implique o suponga cuestiones agresivas para el medio ambiente, el territorio o la cultura de la Comunidad Mapuche.
  • Las técnicas o actividades mineras resulten peligrosas para el medio ambiente o que su prohibición en determinadas jurisdicciones implique ello.
  • Es irreal que la minería a cielo abierto causara una larga lista de catástrofe y que en cualquiera de sus formas resulte altamente riesgosa.
  • No es real que cualquier actividad minera y en especial las que se realizarán en la propiedad minera Campana Mahuida vaya a afectar los recursos hídricos o las actividades agrícolas y ganaderas o que dichas actividades resulten preponderantes en el área de la propiedad minera.
  • Así mismo, desmiente que el valor de las regalías resulte ínfimo y que en el contrato existan indicios de falta de transparencia.

Con respecto a la Consulta Previa -la Comunidad denuncia su ausencia-, en el documento se sostiene que la participación requerida lo es con  anterioridad a emprender o autorizar cualquier programa de prospección o explotación de los recursos existentes en la tierra comunitaria indígena y no previa a contratar como lo pretende la actora, es decir la demandante.

Finalmente, se hace referencia a la constitución económica del estado provincial la que le indica al gobierno como y de que manera debe intervenir en la economía. Esto es interpretado por el Fiscal, mediante el fomento de la inversión y la iniciativa privada.

Presentación Fiscal Gaitán contra Comunidad Mapuche Mellao Morales


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